Detalle sentencia TC/0161/21

Compartir:
Publicación: Martes 15 de Junio , 2021 / 04:05 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2018-0051

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el licenciado Hipólito Sánchez Adames contra los artículos 1, 2, 3, 4, 6, 8, 10, 11, 13, 14 y 15 de la Resolución núm. 21/2018 emitida, por el Consejo del Poder Judicial el seis (6) de junio de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; arts. 9 y 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (art. 185.1 Constitución; art. 37 LOTCPC). Acción directa en inconstitucionalidad: el Tribunal Constitucional anteriormente se ha pronunciado declarando la inconstitucionalidad de la norma atacada (TC/0205/20). Acción directa en inconstitucionalidad: cosa juzgada constitucional (art. 45 LOTCPC; TC/0158/13). Cosa juzgada constitucional: resguardo de la seguridad jurídica y el respeto de la confianza legítima. Cosa juzgada constitucional: impide que las normas y actos declarados contrarios a la Constitución sean reintroducidos en el ordenamiento jurídico (TC/0193/13). Acción directa en inconstitucionalidad: inadmisible (arts. 7.12 y 45 LOTCPC; art. 44 Ley 834-78).

Mostrar PDF en otra pestaña
El documento no se encuentra disponible