Detalle sentencia TC/0158/22

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Publicación: Martes 21 de Junio , 2022 / 12:29 P. M.

Referencia: TC-02-2022-0002

Relativo al control preventivo de constitucionalidad del Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Costa Rica sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico suscrito el diez (10) de diciembre de dos mil veintiuno (2021) en Puerto Plata, República Dominicana.

Sumario

Control preventivo de constitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (art. 227 Constitución; art. 53 LOTCPC). Recepción del derecho internacional: fundamento. Acuerdo internacional: consentimiento. Supremacía constitucional: reconocimiento (TC/0179/13). Control preventivo de constitucionalidad: finalidad (TC/0067/18 y TC/0040/22). Control preventivo de constitucionalidad: objeto. Norma laboral: sujeción. Uniones legales: alcance. Control preventivo de constitucionalidad: privilegio e inmunidades. Control preventivo de constitucionalidad: sujeción al régimen fiscal y de seguridad social. Control preventivo de constitucionalidad: expiración de la autorización para el ejercicio de la actividad remunerada. Control preventivo de constitucionalidad: declara conforme a la constitución.

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21/06/2022
tc-0158-22-tc-02-2022-0002.pdf
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