Detalle sentencia TC/0132/19

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Publicación: Miércoles 29 de Mayo , 2019 / 02:07 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0074

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Roberto Carrasco Familia contra la Sentencia núm. 26, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de febrero de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: recurribles solo las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfecho el requisito de la invocación formal previa (Art. 53.3 [a] LOTCPC); (TC/0057/12; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfecho requisito del agotamiento de los recursos disponibles (Art. 53.3 [b] LOTCPC); (TC/0057/12; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no satisfecho el requisito que exige que la violación del derecho fundamental sea imputable de modo inmediato y directo al órgano jurisdiccional (Art. 53.3 [c] LOTCPC); (TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no existe posibilidad de violar derechos fundamentales en vista de que esta alta jurisdicción estaba impedida de conocer el fondo del recurso de casación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el órgano jurisdiccional que dictó el fallo hoy impugnado en revisión─ inadmitió el recurso de casación con base en la aplicación de lo dispuesto en el artículo 641 del Código de Trabajo. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no satisface el requisito de admisibilidad (Art. 53.3 [c] LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: magistrado Vásquez Sámuel, Beard Marcos, Jiménez Martínez, Valera Montero y Gil.

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29/05/2019
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