Detalle sentencia TC/0095/22

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Publicación: Martes 05 de Abril , 2022 / 05:27 P. M.

Referencia: TC-05-2020-0180

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de hábeas data, incoado por el señor Pedro Alejandro Almonte Taveras contra la Sentencia núm. 0030-04- 2019-SSEN-00217, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinticuatro (24) de junio de dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución, arts. 9, 94 y siguientes LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (art. 94, 95, y 100 LOTCPC; TC/0080/12, TC/0007/12). Tribunal superior administrativo: incorrecta aplicación de la norma. Acción de habeas data: régimen distinto a la acción de amparo y fundamento legal (art. 64 LOTCPC). Acción de habeas data: plazo, naturaleza. Violación de efectos únicos: criterio para computar el plazo de prescripción y definición. Violación continua: criterio para computar el plazo de prescripción. Acción de habeas data: garantía de doble dimensión. Técnica del distinguishing: aplicación y conceptualización. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción. Principio de economía procesal: aplicación. Acción de hábeas data: garantía de doble dimensión. Acción de hábeas data: finalidad y procedencia. Corte constitucional de Colombia: adopción de criterio. Derecho a la autodeterminación informativa: concepto y configuración del derecho (TC/0690/18). Derecho a la autodeterminación informativa: habilita a la persona para solicitar la suspensión, modificación, o erradicación de los datos. Derecho a la autodeterminación informativa: datos que deben ser suprimido y otros no. Principio de veracidad: aplicación, no se configura. Acción de habeas data: admite, acoge parcialmente y ordena

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05/04/2022
tc-0095-22-tc-05-2020-0180.pdf
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