Detalle sentencia TC/0067/20

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Publicación: Viernes 21 de Febrero , 2020 / 10:26 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2019-0132

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Asociación de Profesores Retirados y Jubilados de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (APREJUASD) contra la Sentencia núm. 036-2019-SSEN-00530, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el dos (2) de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución, arts. 9. Y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Su admisibilidad sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional. (art. 100 LOTCPC). Noción (TC/0007/12). Plazo: Cinco (5) días contados a partir de la fecha de su notificación de la sentencia recurrida. (art. 95 LOTCPC). Plazo: Hábil y franco. Computo del plazo: No se le computarán los días no laborales, ni el primero ni el último día de la notificación de la sentencia. (TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Decisión del juez de amparo debidamente fundamentada. Violación del debido proceso de la accionante, en el proceso disciplinario llevó en su contra. Existencia de varias sanciones en su contra. Inexistentica de constancia de que esta tuviera oportunidad de defenderse en detrimento del debido proceso. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Admite rechaza y confirma. Solicitud de suspensión de la decisión recurrida: Inadmisible por falta de objeto. (TC/0011/13; TC/0121/13, TC/0062/14, y TC/0064/15.Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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21/02/2020
tc-0067-20-tc-05-2019-0132.pdf
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