relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Luis Manuel Nival de Jesús contra la Sentencia núm. 0118-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el diez (10) de marzo de dos mil dieciséis (2016).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional. Noción abierta e indeterminada. (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo: cinco (5) días contados a partir de la fecha de notificación de la sentencia (Art. 95 LOTCPC). Acción de amparo: violaciones o faltas continuas: noción. Acción de amparo: Deben tomarse en cuenta las múltiples actuaciones realizadas por el afectado. Acción de amparo: computo del plazo. TC/0205/13; TC/0167/14 y TC/0222/15. Revisión constitucional de sentencia de amparo: no se verifica la existencia de un acto realizado por el accionante que interrumpa el plazo. Cancelación de oficial: prescripción de la acción de amparo. Revisión constitucional de sentencias de amparo: Admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Acosta de los Santos, Jiménez Martínez y Cury David