Detalle sentencia TC/0012/18

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Publicación: Jueves 18 de Enero , 2018 / 06:20 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-02-2017-0006

Relativo al control preventivo de constitucionalidad del “Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de El Salvador, sobre supresión de visas en pasaportes ordinarios”, suscrito el veintitrés (23) de febrero de dos mil diecisiete (2017).   

Sumario

Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: Competencia Arts. 6 y 185 numeral 2 de la Constitución; Arts. 9, 55 y 56 LOTCPC. Control preventivo de constitucionalidad: finalidad. Tratados internacionales: es necesario que se enmarquen dentro de los principios de supremacía constitucional, legalidad, soberanía, no intervención e integridad territorial. Recepción del derecho internacional: Artículo 26 de la Constitución. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: Objeto. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: Conforme con la Constitución.

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18/01/2018
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