Recurso de revisión constitucional en materia de amparo incoado por el señor Julián Rafael Nivar Aristy contra la Sentencia núm. 272/2015, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana el veintitrés (23) de marzo de dos mil quince (2015).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 de la Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de amparo: plazo (Art. 70.2 LOTCPC). Plazo: ante la ausencia de certeza respecto de la fecha en que se produjo la alegada violación a derechos fundamentales, debe presumirse que la acción se interpuso dentro del plazo de los sesenta (60) días. Fuerza pública: el Ministerio Público tiene la obligación de otorgarla. Fuerza pública: garantiza la ejecución de la sentencia. Falta de respuesta: violación (Art. 545 CPC y 68 Constitución). Respuesta: motivación. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y Revoca. Voto particular: Jiménez Martínez.